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Tesorería General. Devoluciones de Ingresos Indebidos

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Tesorería General. Devoluciones de Ingresos Indebidos

A partir del día 01/01/2024

Objeto:

Devolución de ingresos indebidos realizados por tributos, precios públicos o sanciones, más los intereses de  demora correspondientes, por los siguientes motivos:

- Cuando se haya producido una duplicidad en el pago de las deudas o sanciones.

- Cuando la cantidad pagada haya sido superior al importe a ingresar resultante de un acto administrativo o de     una autoliquidación.

- Cuando se hayan ingresado cantidades correspondientes a deudas o sanciones después de haber      transcurrido los plazos de prescripción.

Solicitante / Destinatario:

Personas físicas o jurídicas, las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades que, carentes de  personalidad jurídica, constituyan una unidad económica o un patrimonio separado que hubieran realizado  ingresos con ocasión del cumplimiento de sus obligaciones, así como sus sucesores.

Documentación:

- Solicitud del interesado en impreso-modelo normalizado facilitado al efecto que contendrá el código cuenta   cliente certificado por la Entidad bancaria, donde realizar la transferencia de la devolución solicitada, o en su  caso las deudas a compensar si así se solicita.

- DNI

- Si se actúa a través de representante, DNI y documento acreditativo de la representación.

En el supuesto de sucesores por fallecimiento del titular del ingreso debe acreditarse

además:

- Declaración de herederos y DNI de cada uno de ellos.

- Certificado de defunción.

- Renuncia, en su caso, de uno o varios herederos a favor de otro/s.

-Consentimiento para consultar SVCD del Ministerio de Hacienda y Administraciones Publicas y del Ayuntamiento de Cieza, no es necesario aportar la documentación.

Plazo:

Cuatro años desde la fecha del ingreso, produciéndose la prescripción una vez transcurrido ese plazo.

Plazo de resolución y notificación: Tres meses

Efectos del silencio administrativo: Desestimatorio

Normativa:

Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

- Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos aprobado por  RealDecreto1065/2007, de 27 de julio.

- Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de desarrollo de la Ley    58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión administrativa.

- Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004,     de 5 de marzo.

- Ordenanzas fiscales y de precios públicos.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AYUNTAMIENTO DE CIEZA - P3001900D
Plaza Mayor, 1
30530 Cieza (Murcia)
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