4ª. 1: Carabinas y pistolas, de tiro semiautomático y de repetición; y revólveres de doble acción, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas.
4ª. 2: Carabinas y pistolas, de ánima lisa o rayada, y de un solo tiro, y revólveres de acción simple, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas.
Para poder portar y usar las armas de las armas accionadas por aire u otro gas comprimido, de la categoría 4ª, fuera del domicilio es necesario obtener la oportuna tarjeta de armas, las cuales deben acompañar siempre a las armas.
La tarjeta tipo A, ampara las armas de la categoría 4ª. 1.
La tarjeta tipo B, ampara las armas de la categoría 4ª. 2.
Las tarjetas de armas serán concedidas por los Alcaldes de los municipios de residencia de los solicitantes, para ello deben valorar la conducta y antecedentes de los mismos.
No obstante, la autoridad municipal podrá limitar o reducir, tanto el número de armas que puede poseer cada interesado como el tiempo de validez de las tarjetas, teniendo en cuenta las circunstancias locales y personales que concurran.
La tarjeta de armas se expedirá en impreso que confeccionará la Dirección General de la Guardia Civil.
Su validez quedará limitada a los respectivos términos municipales.
La tarjeta tipo A, cuya validez será cinco años, podrá documentar hasta seis armas de la categoría 4ª.1.
La tarjeta tipo B, cuya validez será permanente, podrá documentar un número ilimitado de arma de la categoría 4ª.2.
Cuando el número de armas en propiedad exceda de seis armas de la categoría 4ª.2, el interesado podrá ser titular de más de una tarjeta tipo B.
IMPORTANTE: Antes de iniciar este procedimiento debe rellenar y pagar una TASA.
La carta de pago podrá obtenerse, solicitándola a la dirección de correo electrónico autoliquidaciones@cieza.es, indicando los siguientes datos:
1. Asunto: solicitud de carta de pago para Solicitud de Tarjeta de Armas 4ª Categoría tipos A y B.
2. Nombre y apellidos.
3. D.N.I.
4. Domicilio.
5. Código postal y localidad.
6. Dirección de correo electrónico en el que se quiere recibir la carta de pago.
También puede acceder al formulario para rellenar y pagar la tasa online PULSANDO AQUÍ. (se tendrá que identificar con su certificado digital) y seguir los pasos:
Una vez identificado, debe elegir la segunda opción UNIDADES EXP. TARJETAS ARMAS 4º CATEGORIA y escribir las unidades, normalmente una licencia por arma, colocará el número 1 y seguirá adelante hasta generar la carta de pago.
El pago de la tasa se realizará mediante carta de pago expedida al efecto por el Ayuntamiento de Cieza:
Al finalizar de rellenar la tasa puede pagarla con el TPV o de forma presencial en una entidad bancaria colaboradora.
Guarde o escanee el justificante del pago porque debe adjuntarlo junto a su solicitud.
Tipo A.- Mayor de edad y no tener ya seis armas de este tipo. La renovación es a los 5 años.
Tipo B.- Mayor de 16 años. La validez es permanente.
Modelo de solicitud debidamente rellenada con los datos del solicitante, donde consten los datos del arma (marca, modelo, número de serie, tipo, calibre y clase).
Fotocopia del D.N.I., Pasaporte o Tarjeta de Residencia.
Certificado de antecedentes penales, o en su caso, autorización para consultarlos por parte de la administración.
Justificante del pago de la Tasa por expedición de documentos administrativos correspondientes.
Factura del arma donde consten los datos de la armería vendedora (razón social, CIF y domicilio fiscal) y los datos del arma (marca, modelo, número de serie, tipo, calibre y clase). O en el caso de particulares, contrato de compraventa con datos identificativos necesarios. (*)
Tarjeta del arma que proporciona el vendedor en impreso confeccionado por la Dirección General de la Guardia Civil (art.105.5R.A.), SIN RELLENAR, por triplicado (amarillas y 2 matrices blancas).
Certificado de aptitudes-psíquicas y físicas (art.98.R.A.)
Modelo de solicitud debidamente rellenada con los datos del solicitante, donde consten los datos del arma (marca, modelo, número de serie, tipo, calibre y clase)
Autorización de quien ostente la patria potestad o tutela.
Certificado de antecedentes penales, o en su caso, autorización para consultarlos por parte de la administración, de quien ostente la patria potestad o tutela.
Quedará exento de presentar los Certificados de antecedentes penales y de aptitudes-psíquicas y físicas el personal perteneciente a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y de las Fuerzas Armadas, siempre y cuando se aporte Certificación de la Autoridad competente en el cuerpo correspondiente en el que se preste servicio, donde conste que el interesado se encuentra en situación activa y sin ningún tipo de restricción o limitación en cuanto a la tenencia y uso de armas, así como que no se en cuenta incurso en ningún procedimiento disciplinario.
(*) En el caso de que no pudiera aportarse la factura con los datos solicitados, deberá comparecer con el arma en la Oficina administrativa de la Policía Local para su identificación, aportando cuantos documentos disponga, como contrato de compra-venta, cesión, donación, herencia, etc., que permita su correcta identificación.
(**) En el caso de armas lúdico-deportivas de "airsoft" o "paintball", SIN NÚMERO DE SERIE, el interesado/a en todo caso deberá presentar el arma en una armería autorizada, al objeto de troquelar a la misma un número de serie autorizado. La armería expedirá documento justificativo donde constará la marca, modelo, número troquelado y si la misma es de categoría 4.1 ó 4.2.
RD 137/1993 de 29 de enero, por el que se desarrolla el Reglamento de Armas.
Orden INT/2860/2012, de 27 de diciembre, por la que se determina el régimen aplicable a ciertas armas utilizables en las actividades lúdico-deportivas de airsoft y paintball.
LO 4/2015 de 31 de marzo, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ordenanza Fiscal vigente Excmo. Ayuntamiento de Cieza.
A) En el caso de que el solicitante sea persona física, tiene la opción de:
Si dispone de un CERTIFICADO DIGITAL para su firma podrá pulsar en NUEVA INSTANCIA, rellenar la instancia general, registrar y firmar.
Si la persona solicitante NO DISPONE de firma digital o DNI electrónico:
PRESENCIAL:
Puede DESCARGAR IMPRESO para poder imprimirlo y cumplimentar. Después de imprimirlo y rellenarlo debe presentarlo en las oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento PREVIA CITA.
Realizar el trámite electrónicamente accediendo con una dirección de CORREO ELECTRÓNICO, a falta de realizar la firma de la solicitud. Una vez tramitada su solicitud mediante el envío de la misma, deberá personarse PREVIA CITA en las oficinas de Registro del Ayuntamiento Cieza, provisto de su Documento acreditativo de identidad, en el plazo máximo de 10 días hábiles para firmarla de forma biométrica, ADVIRTIÉNDOLE que su instancia no se considerará registrada y por tanto no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en las oficinas de Registro
B) En el caso de que el solicitante sea PERSONA JURÍDICA o SUJETO OBLIGADO a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, sólo podrá presentar la instancia general de forma telemática mediante CERTIFICADO DIGITAL para su firma, pulsando en NUEVA INSTANCIA.
CITA PREVIA PARA FIRMA DE INSTANCIAS SIN CERTIFICADO DIGITAL (SOLO PARA PERSONAS FÍSICAS)
Podrá presentar su instancia en:
REGISTRO GENERAL EN C/ PASEO Nº 2
OFICINAS DE ASISTENCIA EN MATERIA DE REGISTRO: Podrá presentar su instancia general dirigida a cualquier servicio municipal.
RECUERDE que su instancia no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en las oficinas de Registro mencionadas.
PREPARE TODA LA DOCUMENTACIÓN QUE DEBA ADJUNTAR ANTES DE PULSAR EN NUEVA INSTANCIA
REQUISITOS DE LA INSTANCIA
La instancia deberá ser firmada
Permite interesados que sean personas físicas
Permite interesados que sean personas jurídicas
Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
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