1.- La Teleasistencia Domiciliaria es un servicio que, a través de la línea telefónica y con un equipamiento de comunicaciones e informático específico, ubicado en un Centro de Atención y en el domicilio de los usuarios, permite a éstos, con sólo accionar el dispositivo que llevan constantemente puesto y sin molestias, entrar en contacto verbal manos libres”, durante las 24 horas del día y los 365 días del año, con un Centro atendido por personal específicamente preparado para dar respuesta adecuada a la necesidad presentada, bien por sí mismo o movilizando otros recursos humanos omateriales, propios del usuario o existentes en la comunidad.
2.- Este servicio se complementa con “agendas” de usuario, que permiten recordar a éste la necesidad de realizar una actividad concreta en un momento predeterminado, de forma esporádica o con la periodicidad que se fije, como por ejemplo, la toma de medicamentos, la realización de una gestión, etc.
Los objetivos del servicio de teleasistencia pueden clasificarse en:a) Objetivos generales, concretados en: * Posibilitar la integración en el medio habitual de vida. * Evitar internamientos innecesarios. * Facilitar la intervención inmediata en crisis personales, sociales o médicas.
b) Objetivos específicos, que son los siguientes: * La conexión permanente entre el usuario y la Central del sistema. * Apoyo y atención inmediata ante situaciones de crisis. * Potenciar las redes sociales de apoyo (apoyo a familiares y cuidadores). * Ofrecer una atención integral contando con el apoyo y coordinación de los recursos de la comunidad. * Favorecer la independencia y la autonomía de las personas en situación de riesgo biopsico-social (apoyo en el propio hogar). * Favorecer la comunicación entre los usuarios y su entorno evitando el aislamiento social y la soledad.
1.- Son destinatarios del Servicio de Teleasistencia aquellas personas que, por su avanzada edad, discapacidad, aislamiento social o alto nivel de dependencia de terceros, les sea de utilidad para poder continuar viviendo en su domicilio.2.- Dado que el manejo del sistema requiere de una mínima capacidad de comprensión y discernimiento, están excluidos como beneficiarios del sistema las personas con enfermedades mentales graves, incluidas las demencias
El Servicio de Teleasistencia Domiciliaria comprende las siguientes actuaciones:
a) Dotar e instalar en el domicilio de los usuarios los elementos del sistema: terminal y Unidad de Control Remoto. b) Familiarizar a los usuarios con el uso del equipo individual. c) Apoyo inmediato al usuario, vía línea telefónica y manos libres cuando solicite ayuda ante una situación imprevista o de emergencia. d) Intervención, en su caso, sin petición de ayuda directa por el usuario, en aplicación de las “agendas” de usuario. e) Movilización de recursos sociales, sanitarios, etc., adecuados a cada situación de emergencia. f) Seguimiento permanente de usuarios y sistema. g) Contacto con entorno socio-familiar. h) Mantenimiento del sistema y sus instalaciones. i) Comprobación continua del funcionamiento del sistema. j) Transmisión, a la responsable de la Concejalía de Personas Mayores de Cieza, de las incidencias y necesidades detectadas a través del sistema y que requieran de una intervención posterior a la realizada ante la situación imprevista y de emergencia presentada y atendida desde la Central. k) Integración del usuario en otros programas de atención, principalmente en los que contemplen actividades de compañía a domicilio y animación social.
Son requisitos para acceder al Servicio de Teleasistencia: a) Ser residente y estar empadronado en el Ayuntamiento de Cieza. b) Vivir o pasar gran parte del día sólo o en compañía de personas en situación similar. c) Tener cubiertas las necesidades básicas de alimentación, vivienda y vestido. El servicio de Teleasistencia Domiciliaria es un recurso complementario que precisa de la existencia de los mínimos mencionados.
d) No padecer enfermedad o incapacidad mental, estando excluidas del servicio aquellas personas afectadas por demencia senil. e) No ser mudo o absolutamente sordo (al ser la base del sistema la comunicación verbal). f) Disponer, o estar en condiciones de disponer, de línea telefónica en su domicilio.
1. El procedimiento se iniciará mediante la presentación de una solicitud que se recogerá en las oficinas de la concejalía de Personas Mayores o el edifico de Atención al ciudadano situado en la esquina del Convento, debiendo acompañar a la misma, como mínimo, la siguiente documentación:
a) Fotocopia del D.N.I. b) Fotocopia de la Tarjeta de asistencia sanitaria. c) Justificante de la cuantía mensual de los ingresos propios, así como de las personas que convivan en el domicilio. d) Informe médico en impreso que al efecto se facilita desde la Concejalía de Personas Mayores. e) Fotocopia de la última Declaración de la Renta o certificado de Hacienda de no presentarla, de todos los miembros de unidad familiar, que convivan con el solicitante. f) Certificado catastral de bienes rústicos y urbanos de todos los miembros de la unidad familiar.
2. Con independencia de esta documentación, la Concejalía de Personas Mayores podrá exigir los documentos complementarios que durante la tramitación del expediente estime oportunos en relación con la prestación solicitada. 3. Las solicitudes cumplimentadas y con la documentación oportuna se presentarán en la Concejalía de Personas Mayores de Cieza. 4. El expediente se resolverá en el plazo máximo de 3 meses contados desde la fecha de entrada de la solicitud en la Concejalía. Dicha resolución se notificará al interesado en el plazo máximo de diez días, haciendo constar en la misma la concesión o denegación del servicio, o la inclusión en la lista deespera hasta que sea posible hacer efectiva la prestación del servicio. 5. La falta de Resolución expresa producirá efectos positivos.
6. Las solicitudes que se encuentran en lista de espera tendrán vigencia durante el año siguiente a su presentación. Transcurrido este plazo y de seguir el solicitante interesado en el servicio, se le solicitará actualizar la documentación.
A) En el caso de que el solicitante sea persona física, tiene la opción de:
B) En el caso de que el solicitante sea PERSONA JURÍDICA o SUJETO OBLIGADO a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, sólo podrá presentar la instancia general de forma telemática mediante CERTIFICADO DIGITAL para su firma, pulsando en NUEVA INSTANCIA.