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BIENESTAR SOCIAL. Solicitud de Servicios de Teleasistencia Domiciliaria.

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BIENESTAR SOCIAL. Solicitud de Servicios de Teleasistencia Domiciliaria.

descripción

1.- La Teleasistencia Domiciliaria es un servicio que, a través de la línea telefónica y con un equipamiento de comunicaciones e informático específico, ubicado en un Centro de Atención y en el domicilio de los usuarios, permite a éstos, con sólo accionar el dispositivo que llevan constantemente puesto y sin molestias, entrar en contacto verbal manos libres”, durante las 24 horas del día y los 365 días del año, con un Centro atendido por personal específicamente preparado para dar respuesta adecuada a la necesidad presentada, bien por sí mismo o movilizando otros recursos humanos o
materiales, propios del usuario o existentes en la comunidad.

2.- Este servicio se complementa con “agendas” de usuario, que permiten recordar a éste la necesidad de realizar una actividad concreta en un momento predeterminado, de forma esporádica o con la periodicidad que se fije, como por ejemplo, la toma de medicamentos, la realización de una gestión, etc.

objetivos

Los objetivos del servicio de teleasistencia pueden clasificarse en:
a) Objetivos generales, concretados en:
                                      *  Posibilitar la integración en el medio habitual de vida.
                                      *  Evitar internamientos innecesarios.
                                      * Facilitar la intervención inmediata en crisis personales, sociales o médicas.

b) Objetivos específicos, que son los siguientes:
                                      * La conexión permanente entre el usuario y la Central del sistema.
                                     * Apoyo y atención inmediata ante situaciones de crisis.
                                     * Potenciar las redes sociales de apoyo (apoyo a familiares y cuidadores).
                                    * Ofrecer una atención integral contando con el apoyo y coordinación de los recursos de la comunidad.
                                    * Favorecer la independencia y la autonomía de las personas en situación de riesgo biopsico-social (apoyo en el propio hogar).
                                    * Favorecer la comunicación entre los usuarios y su entorno evitando el aislamiento social y la soledad.

destinatarios

1.- Son destinatarios del Servicio de Teleasistencia aquellas personas que, por su avanzada edad, discapacidad, aislamiento social o alto nivel de dependencia de terceros, les sea de utilidad para poder continuar viviendo en su domicilio.
2.- Dado que el manejo del sistema requiere de una mínima capacidad de comprensión y discernimiento, están excluidos como beneficiarios del sistema las personas con enfermedades mentales graves, incluidas las demencias

actuaciones

El Servicio de Teleasistencia Domiciliaria comprende las siguientes actuaciones:


     a) Dotar e instalar en el domicilio de los usuarios los elementos del sistema: terminal y Unidad de Control Remoto.
     b) Familiarizar a los usuarios con el uso del equipo individual.
     c) Apoyo inmediato al usuario, vía línea telefónica y manos libres cuando solicite ayuda ante una situación imprevista o de emergencia.
     d) Intervención, en su caso, sin petición de ayuda directa por el usuario, en aplicación de las “agendas” de usuario.
     e) Movilización de recursos sociales, sanitarios, etc., adecuados a cada situación de emergencia.
     f) Seguimiento permanente de usuarios y sistema.
     g) Contacto con entorno socio-familiar.
     h) Mantenimiento del sistema y sus instalaciones.
     i) Comprobación continua del funcionamiento del sistema.
     j) Transmisión, a la responsable de la Concejalía de Personas Mayores de Cieza, de las incidencias y necesidades detectadas a través del sistema y que           requieran de una intervención posterior a la realizada ante la situación imprevista y de emergencia presentada y atendida desde la Central.
    k) Integración del usuario en otros programas de atención, principalmente en los que contemplen actividades de compañía a domicilio y animación social.

requisitos de los solicitantes

Son requisitos para acceder al Servicio de Teleasistencia:
     a) Ser residente y estar empadronado en el Ayuntamiento de Cieza.
     b) Vivir o pasar gran parte del día sólo o en compañía de personas en situación similar.
     c) Tener cubiertas las necesidades básicas de alimentación, vivienda y vestido. El servicio de Teleasistencia Domiciliaria es un recurso complementario              que precisa de la existencia de los mínimos mencionados.

   d) No padecer enfermedad o incapacidad mental, estando excluidas del servicio aquellas personas afectadas por demencia senil.
   e) No ser mudo o absolutamente sordo (al ser la base del sistema la comunicación
      verbal).
   f) Disponer, o estar en condiciones de disponer, de línea telefónica en su domicilio.

 

iniciación del procedimiento y solicitud

1. El procedimiento se iniciará mediante la presentación de una solicitud que se recogerá en las oficinas de la concejalía de Personas Mayores o el edifico de Atención al ciudadano situado en la esquina del Convento, debiendo acompañar a la misma, como mínimo, la siguiente documentación:


     a) Fotocopia del D.N.I.
     b) Fotocopia de la Tarjeta de asistencia sanitaria.
     c) Justificante de la cuantía mensual de los ingresos propios, así como de las personas que convivan en el domicilio.
     d) Informe médico en impreso que al efecto se facilita desde la Concejalía de Personas Mayores.
     e) Fotocopia de la última Declaración de la Renta o certificado de Hacienda de no presentarla, de todos los miembros de unidad familiar, que convivan            con el solicitante.
    f) Certificado catastral de bienes rústicos y urbanos de todos los miembros de la unidad familiar.


 2. Con independencia de esta documentación, la Concejalía de Personas Mayores podrá exigir los documentos complementarios que durante la tramitación del expediente estime oportunos en relación con la prestación solicitada.
 3. Las solicitudes cumplimentadas y con la documentación oportuna se presentarán en la Concejalía de Personas Mayores de Cieza.
 4. El expediente se resolverá en el plazo máximo de 3 meses contados desde la fecha de entrada de la solicitud en la Concejalía. Dicha resolución se notificará al interesado en el plazo máximo de diez días, haciendo constar en la misma la concesión o denegación del servicio, o la inclusión en la lista de
espera hasta que sea posible hacer efectiva la prestación del servicio.
 5. La falta de Resolución expresa producirá efectos positivos.

6. Las solicitudes que se encuentran en lista de espera tendrán vigencia durante el año siguiente a su presentación. Transcurrido este plazo y de seguir el solicitante interesado en el servicio, se le solicitará actualizar la documentación.

LEGISLACIÓN APLICABLE

  • Ley 3/2003, de 10 de ABRIL , de Sistemas de Servicios Sociales de la Región de Murcia

MODO DE PRESENTACIÓN

A) En el caso de que el solicitante sea persona física, tiene la opción de:

  • Si dispone de un CERTIFICADO DIGITAL para su firma podrá pulsar en NUEVA INSTANCIA, rellenar la instancia general, registrar y firmar. 
  • Si la persona solicitante NO DISPONE de firma digital o DNI electrónico:
    • PRESENCIAL:
      • Puede pulsar en el enlace correspondiente según el trámite que quiera realizar y descargar el impreso para poder imprimirlo y cumplimentar. Después de imprimirlo y rellenarlo debe presentarlo en las oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento PREVIA CITA
      • Realizar el trámite electrónicamente accediendo con una dirección de CORREO ELECTRÓNICO, a falta de realizar la firma de la solicitud. Una vez tramitada su solicitud mediante el envío de la misma, deberá personarse PREVIA CITA en las oficinas de Registro del Ayuntamiento Cieza, provisto de su Documento acreditativo de identidad, en el plazo máximo de 10 días hábiles para firmarla de forma biométrica, ADVIRTIÉNDOLE que su instancia no se considerará registrada y por tanto no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en las oficinas de Registro. 

B) En el caso de que el solicitante sea PERSONA JURÍDICA o SUJETO OBLIGADO a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, sólo podrá presentar la instancia general de forma telemática mediante CERTIFICADO DIGITAL para su firma, pulsando en NUEVA INSTANCIA. 

Requisitos de la instancia

  • La instancia no requiere firma
  • El trámite requiere que el/la primer/a interesado/a se identifique con certificado digital o Cl@ve
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AYUNTAMIENTO DE CIEZA - P3001900D
Plaza Mayor, 1
30530 Cieza (Murcia)
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