1. Los empleados públicos que se encuentren en activo podrán solicitar anticipos reintegrables por importe máximo de 3.000,00 € a reintegrar en catorce mensualidades.
2. No podrán solicitar anticipos quienes estén o vayan a estar en los 14 meses siguientes a la fecha de la solicitud, en situación de excedencia, suspensión, jubilación o expectativa de destino o aquellos contra los que se estuviera instruyendo expediente disciplinario