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GESTIÓN CATASTRAL.- Solicitud de Bonificaciones del Impuesto sobre bienes inmuebles ( urbana ) a las familias numerosas.

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GESTIÓN CATASTRAL.- Solicitud de Bonificaciones del Impuesto sobre bienes inmuebles ( urbana ) a las familias numerosas.

A partir del día 25/03/2024

DESCRIPCIÓN

Declarar bonificación en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles que grave la vivienda de residencia habitual donde esté  empadronada la familia. Esta bonificación será:
                                                                                      Del 90% para familias numerosas de categoría especial.
                                                                                      Del 50% para familias numerosas de categoría general.

REQUISITOS

  •  Titulares catastrales que ostenten la condición de familia numerosa.
  •  La unidad familiar debe estar empadronada en el domicilio para el que solicita la bonificación.
  •  No superar los límites de renta establecidos en la ordenanza municipal.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

  • Modelo de Solicitud.
  • Modelo AT-200-C de autorización de acceso a datos de carácter personal. Deben autorizar todos los miembros que constituyan la unidad familiar (Se considera unidad al conjunto de todos los miembros que conviven y residen en el mismo domicilio).
  • Título de Familia Numerosa en vigor, presentando el original.
  • Presentación del modelo en caso de otorgamiento de representación.

En caso de no coincidir el Titular Catastral con el Solicitante, éste debe aportar justificante del cambio de titularidad en el impuesto sobre  bienes inmuebles de naturaleza urbana o fotocopia de la escritura de propiedad del inmueble.
 

LEGISLACIÓN

  •  Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
  • Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
  • Ordenanza Municipal vigente reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
  • Ordenanza General de Gestión, Liquidación, Inspección y Recaudación. Redacción vigente aprobada por Acuerdo Pleno (BORM n.º 291 de 19-12-2007).

PLAZO DE RESOLUCIÓN

6 meses - Silencio Desestimatorio

MODO DE PRESENTACIÓN

A) En el caso de que el solicitante sea persona física, tiene la opción de:

  • Si dispone de un CERTIFICADO DIGITAL para su firma podrá pulsar en NUEVA INSTANCIA, rellenar la instancia general, registrar y firmar. 
  • Si la persona solicitante NO DISPONE de firma digital o DNI electrónico:
    • PRESENCIAL:
      • Puede DESCARGAR IMPRESO para poder imprimirlo y cumplimentar. Después de imprimirlo y rellenarlo debe presentarlo en las oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento PREVIA CITA.
      • Realizar el trámite electrónicamente accediendo con una dirección de CORREO ELECTRÓNICO, a falta de realizar la firma de la solicitud. Una vez tramitada su solicitud mediante el envío de la misma, deberá personarse PREVIA CITA en las oficina de Registro del Ayuntamiento de Cieza, provisto de su Documento acreditativo de identidad, en el plazo máximo de 10 días hábiles para firmarla de forma biométrica, ADVIRTIÉNDOLE que su instancia no se considerará registrada y por tanto no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en las oficinas de Registro. 

B) En el caso de que el solicitante sea PERSONA JURÍDICA o SUJETO OBLIGADO a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, sólo podrá presentar la instancia general de forma telemática mediante CERTIFICADO DIGITAL para su firma, pulsando en NUEVA INSTANCIA. 

CITA PREVIA PARA FIRMA DE INSTANCIAS SIN CERTIFICADO DIGITAL (SOLO PARA PERSONAS FÍSICAS)

  • Podrá presentar su instancia dirigida a cualquier servicio municipal en:
    • OFICINAS DE ASISTENCIA EN MATERIA DE REGISTRO: 

RECUERDE que su instancia no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en las oficinas de Registro mencionadas.

 

PREPARE TODA LA DOCUMENTACIÓN que deba adjuntar ANTES DE PULSAR EN NUEVA INSTANCIA

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AYUNTAMIENTO DE CIEZA - P3001900D
Plaza Mayor, 1
30530 Cieza (Murcia)
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