Poner a disposición de los ciudadanos un formulario, con objeto de poner en conocimiento de la Policía Local y del Servicio de Medio Ambiente la intención y necesidad de quemar restos de podas agrícolas por motivos fitosanitarios, en virtud de lo dispuesto en el Decreto-Ley 1/2023, de 5 de abril, por el que se regula la eliminación excepcional de restos vegetales generados en explotaciones agrícolas, mediante quema controlada “in situ”, como medida fitosanitaria para evitar la proliferación y dispersión de organismos nocivos de la Región de Murcia así como su aplicación a las pequeñas y microexplotaciones agrarias (BORM n.º 81 de 10 de abril de 2023)., y en el artículo 39 de la Ordenanza de Protección de la Atmósfera (BORM nº 255, de 5/11/2011).
LEGISLACIÓN:
• PLAZO: Desde el día de su presentación, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección de la Policía Local.
• SENTIDO DEL SILENCIO: Negativo.
• PONE FIN A LA VÍA ADMINISTRATIVA: No (art. 114 Ley 39/2015)
De acuerdo con lo indicado en el artículo 10 del Decreto-Ley 1/2023, los interesados deberán poner en conocimiento del Ayuntamiento del municipio donde se tiene previsto realizar la quema, con suficiente antelación, la autorización obtenida de la Consejería competente, o comunicación previa realizada, cuando dicha quema afecte o pueda afectar, por su proximidad, a la población del núcleo urbano para la determinación por éste, en su caso, de las medidas complementarias que procedieran en materia de protección contra la contaminación atmosférica y la salud, con sujeción al cumplimiento de las ordenanzas municipales que les sean de aplicación. FORMULARIO PDF
Las solicitudes se presentarán tanto en el Registro General como en el Registro Electrónico del Ayuntamiento de Cieza así como a través de cualquier registro electrónico de las Administraciones Públicas, formalizándose en los impresos oficiales conforme el modelo :
RG-POLI-002-A
A) En el caso de que el solicitante sea PERSONA FÍSICA, tiene la opción de:
B) En el caso de que el solicitante sea PERSONA JURÍDICA o SUJETO OBLIGADO a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, sólo podrá presentar la instancia general de forma telemática mediante CERTIFICADO DIGITAL para su firma, pulsando en NUEVA INSTANCIA.
Para interesarse por el estado de la estimación y/o resolución de la solicitud, podrá consultar la Carpeta del Ciudadano dentro de esta Sede Electrónica durante las 24 horas del día, los 365 días del año.
RECUERDE que su instancia no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en las 0ficinas de Registro.