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POLICÍA LOCAL / SEGURIDAD CIUDADANA / TRÁFICO - Comunicación quema Agrícola

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POLICÍA LOCAL / SEGURIDAD CIUDADANA / TRÁFICO - Comunicación quema Agrícola

OBJETO

Poner a disposición de los ciudadanos un formulario, con objeto de poner en conocimiento de la Policía Local y del Servicio de Medio Ambiente la intención y necesidad de quemar restos de podas agrícolas por motivos fitosanitarios, en virtud de lo dispuesto en el Decreto-Ley 1/2023, de 5 de abril, por el que se regula la eliminación excepcional de restos vegetales generados en explotaciones agrícolas, mediante quema controlada “in situ”, como medida fitosanitaria para evitar la proliferación y dispersión de organismos nocivos de la Región de Murcia así como su aplicación a las pequeñas y microexplotaciones agrarias (BORM n.º 81 de 10 de abril de 2023)., y en el artículo 39 de la Ordenanza de Protección de la Atmósfera (BORM nº 255, de 5/11/2011).

NORMATIVA

  LEGISLACIÓN:

  • Artículo 27 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
  • Decreto-Ley 1/2023, de 5 de abril, por el que se regula la eliminación excepcional de restos vegetales generados en explotaciones agrícolas, mediante quema controlada “in situ”, como medida fitosanitaria para evitar la proliferación y dispersión de organismos nocivos de la Región de Murcia así como su aplicación a las pequeñas y microexplotaciones agrarias (BORM n.º 81 de 10 de abril de 2023).
  • Ordenanza municipal de limpieza viaria y gestión de los residuos domésticos del Ayuntamiento de Cieza.
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

•   PLAZO: Desde el día de su presentación, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección de la Policía Local.

•   SENTIDO DEL SILENCIO: Negativo.

•   PONE FIN A LA VÍA ADMINISTRATIVA: No (art. 114 Ley 39/2015)

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

 De acuerdo con lo indicado en el artículo 10 del Decreto-Ley 1/2023, los interesados deberán poner en conocimiento del Ayuntamiento del municipio donde se tiene previsto realizar la quema, con suficiente antelación, la autorización obtenida de la Consejería competente, o comunicación previa realizada, cuando dicha quema afecte o pueda afectar, por su proximidad, a la población del núcleo urbano para la determinación por éste, en su caso, de las medidas complementarias que procedieran en materia de protección contra la contaminación atmosférica y la salud, con sujeción al cumplimiento de las ordenanzas municipales que les sean de aplicación. FORMULARIO PDF

MODO DE PRESENTACIÓN.

 Las solicitudes se presentarán tanto en el Registro General como en el Registro Electrónico del Ayuntamiento de Cieza  así como a través  de cualquier registro electrónico de las Administraciones Públicas, formalizándose en los impresos oficiales conforme el modelo :

 RG-POLI-002-A
 

A) En el caso de que el solicitante sea PERSONA FÍSICA, tiene la opción de:

  • Si dispone de un CERTIFICADO DIGITAL para su firma podrá pulsar en NUEVA INSTANCIA, rellenar la instancia general, registrar y firmar. 
  • Si la persona solicitante NO DISPONE de firma digital o DNI electrónico:
    • PRESENCIAL:
      • Puede DESCARGAR  LOS IMPRESOS para poder imprimirlo y cumplimentar. Después de imprimirlo y rellenarlo debe presentarlo en las oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento PREVIA CITA.
      • Realizar el trámite electrónicamente accediendo con una dirección de CORREO ELECTRÓNICO, a falta de realizar la firma de la solicitud. Una vez tramitada su solicitud mediante el envío de la misma, deberá personarse PREVIA CITA en las oficinas de Registro del Ayuntamiento de Cieza, provisto de su Documento acreditativo de identidad, en el plazo máximo de 10 días hábiles para firmarla de forma biométrica, ADVIRTIÉNDOLE que su instancia no se considerará registrada y por tanto no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en las oficinas de Registro. 

B) En el caso de que el solicitante sea PERSONA JURÍDICA o SUJETO OBLIGADO a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, sólo podrá presentar la instancia general de forma telemática mediante CERTIFICADO DIGITAL para su firma, pulsando en NUEVA INSTANCIA. 

CITA PREVIA PARA FIRMA DE INSTANCIAS SIN CERTIFICADO DIGITAL (SOLO PARA PERSONAS FÍSICAS)

Para interesarse por el estado de la estimación y/o resolución de la solicitud, podrá consultar la Carpeta del Ciudadano dentro de esta  Sede Electrónica durante las 24 horas del día, los 365 días del año.

RECUERDE que su instancia no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en las 0ficinas de Registro.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas jurídicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
AYUNTAMIENTO DE CIEZA - P3001900D
Edificio de Información y Atención Ciudadana.C/Paseo nº2
30530 Cieza (Murcia)
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