Modelo básico de comunicación con la Administración, cualquier ciudadano interesado la puede utilizar como medio de solicitud, reclamación, denuncia o como sustituto de algún impreso. La instancia general debe utilizarse para realizar cualquier solicitud que no tenga un trámite específico en esta Sede Electrónica.Si existe un trámite concreto para lo que desea solicitar, debe utilizarlo en lugar de presentar una instancia general, puesto que, probablemente, tendrá un formulario específico, y le aportará información sobre la documentación que debe adjuntar.Una vez examinada la solicitud, se decretará, en función de la materia de que se trate, su tramitación y resolución a través de la unidad o servicio que resulte competente en esa materia
El procedimiento se iniciará por medio de una solicitud que será presentada por el interesado o su representante.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A) En el caso de que el solicitante sea PERSONA FÍSICA, tiene la opción de:
B) En el caso de que el solicitante sea PERSONA JURÍDICA o SUJETO OBLIGADO a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, sólo podrá presentar la instancia general de forma telemática mediante CERTIFICADO DIGITAL para su firma, pulsando en NUEVA INSTANCIA.
Para interesarse por el estado de la estimación y/o resolución de la solicitud, podrá consultar la Carpeta del Ciudadano dentro de esta Sede Electrónica durante las 24 horas del día, los 365 días del año.
RECUERDE que su instancia no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en las 0ficinas de Registro.