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REGISTRO GENERAL- Presentación de Instancia General

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REGISTRO GENERAL- Presentación de Instancia General

A partir del día 01/01/2024

OBJETO

Modelo básico de comunicación con la Administración, cualquier ciudadano interesado la puede utilizar como medio de solicitud,  reclamación, denuncia o como sustituto de algún impreso.
 La instancia general debe utilizarse para realizar cualquier solicitud que no tenga un trámite específico en esta Sede Electrónica.

Si existe un trámite concreto para lo que desea solicitar, debe utilizarlo en lugar de presentar una instancia general, puesto que, probablemente, tendrá un formulario específico, y le aportará información sobre la documentación que debe adjuntar.
Una vez examinada la solicitud, se decretará, en función de la materia de que se trate, su tramitación y resolución a través de la unidad o servicio que resulte competente en esa materia
 

REQUISITOS

El procedimiento se iniciará por medio de una solicitud que será presentada por el interesado o su representante.

LEGISLACIÓN APLICABLE

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

MODO DE PRESENTACIÓN

A) En el caso de que el solicitante sea PERSONA FÍSICA, tiene la opción de:

  • Si dispone de un CERTIFICADO DIGITAL para su firma podrá pulsar en NUEVA INSTANCIA, rellenar la instancia general, registrar y firmar. 
  • Si la persona solicitante NO DISPONE de firma digital o DNI electrónico:
    • PRESENCIAL:
      • Puede DESCARGAR IMPRESO para poder imprimirlo y cumplimentar. Después de imprimirlo y rellenarlo debe presentarlo en las oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento PREVIA CITA.
      • Realizar el trámite electrónicamente accediendo con una dirección de CORREO ELECTRÓNICO, a falta de realizar la firma de la solicitud. Una vez tramitada su solicitud mediante el envío de la misma, deberá personarse PREVIA CITA en las oficinas de Registro del Ayuntamiento de Cieza, provisto de su Documento acreditativo de identidad, en el plazo máximo de 10 días hábiles para firmarla de forma biométrica, ADVIRTIÉNDOLE que su instancia no se considerará registrada y por tanto no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en las oficinas de Registro. 

B) En el caso de que el solicitante sea PERSONA JURÍDICA o SUJETO OBLIGADO a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, sólo podrá presentar la instancia general de forma telemática mediante CERTIFICADO DIGITAL para su firma, pulsando en NUEVA INSTANCIA. 

CITA PREVIA PARA FIRMA DE INSTANCIAS SIN CERTIFICADO DIGITAL (SOLO PARA PERSONAS FÍSICAS)

Para interesarse por el estado de la estimación y/o resolución de la solicitud, podrá consultar la Carpeta del Ciudadano dentro de esta  Sede Electrónica durante las 24 horas del día, los 365 días del año.

RECUERDE que su instancia no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en las 0ficinas de Registro.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AYUNTAMIENTO DE CIEZA - P3001900D
Plaza Mayor, 1
30530 Cieza (Murcia)
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